GRUPO # 5
PREGUNTAS
Shanira Silva
8-915-1360
1- ¿Qué son las remesas al exterior?
Las remesas al exterior son el pago por los servicios prestados por personas no residentes en Panamá, ya sea que vengan o no a Panamá.
Base legal: Artículo 733 del C.F.
2- ¿Quiénes están obligados a retener este impuesto?
Toda persona natural o jurídica que pague o acredite en cuenta a beneficiarios radicados en el exterior o a otras personas
a cuenta de aquellos, rentas de fuente panameña, renta gravable de cualquier clase, o la distribución de utilidades a los accionistas o socios de una persona jurídica, cuando se remesen al exterior rentas provenientes de remuneraciones por trabajo personal, intereses, comisiones, alquileres, regalías y otras rentas de fuente panameña remesadas al exterior.
Base Legal: Ley 6 de 2 de febrero de 2005. Decreto Ejecutivo Reglamentario No.170 de 27 de octubre de 1993, modificado por el Decreto Ejecutivo 143 de 27 de octubre de 2005.
Nidia Salas
8-841-571
Leyes que regulan las remesas al exterior
1- Qué ley regula las remesas al exterior
Durante este año 2015, el Gobierno de la República de Panamá ha dictado dos
disposiciones legales (Ley 27 de 2015 y Decreto Ejecutivo 263 de 2015) dándole plena vigencia a nuevas reformas al tratamiento fiscal de las remesas al exterior contenidas en el Código Fiscal y el Decreto Ejecutivo 170 de 1993, reglamentarios del impuesto sobre la renta (en su conjunto las “Disposiciones”).
2- Que regula dicha ley
En relación a las remesas al exterior, las Disposiciones modifican lo concerniente a los ingresos gravables producidos dentro del territorio panameño, por lo que producto de esta reforma se adiciona en el Literal E, Parágrafo 1 del Art. 694 y Literal K del Art. 733 estableciendo como ingreso gravable y por ende, sujeto a retención, los ingresos de fuente panameña recibidos por una persona no residente en la República de Panamá, pagados o acreditados por:
- Instituciones públicas
- No contribuyentes del impuesto sobre la renta.
- Contribuyentes que se encuentren en pérdida
Nombre: Yaksuri Piraza
Cédula: 8-889-1537
1- ¿Cuáles son los tipos de remesas?
A nivel bancario, se suele hablar de dos tipos de remesas:
1.Simple: estas son las que permiten el envío de pagarés o letras de cambios, entre otros, con el claro objetivo de poder liquidar una compraventa que se ha realizado teniendo como objeto cualquier tipo de mercancía. En concreto, sirven para que el exportador a través del correspondiente documento financiero, consiga que su banco proceda a gestionar el cobro de la citada compraventa.
2.Documentarias : estas remesas son aquellas en las que lo que se procede a enviar son los documentos comerciales que tienen que ver con la mercancía de compraventa.
2- ¿Cómo funcionan las remesas?
Una remesas financiera es una transferencia monetaria privada por parte de una persona en el extranjero hacia otra en su país de origen.
Nombre: Eymi Rodríguez
Cédula: 8-895-2008
1- ¿Cuál es la alícuota que se aplica a las remesas?
Se le aplica la tarifa vigente al 50% de la suma retenida.
Base legal: las tarifas establecidas en los artículos 699 y 700 del código fiscal según sea el caso. Es decir, la tasa vigente a partir del 1 de enero de 2011 27.5% y siguientes 25%.
2- ¿Cuál es el plazo que se tiene para retener y pagar la remesa?
Se tiene un plazo de 10 días siguientes a la fecha de la retención.
Yelime Villarreal
8-958-15
1.¿Si una persona natural o jurídica contribuyente decide no tomar como gasto deducible los montos remesados a un beneficiario en el exterior ?
Si no lo registra en su declaración jurada como un gasto deducible, no está en la obligación de hacer la retención sobre las sumas remitidas.
2.¿La distribución de utilidades a los accionistas o socios de una persona jurídica, estarán sujetas a retención de acuerdo con los artículos 699 y 700 del Código Fiscal, cuando se paguen a cuenta de beneficiarios radicados en el exterior.
De acuerdo con el artículo 733 del Código Fiscal, las personas jurídicas que deban remitir a una persona natural o jurídica no residente en la República de Panamá, sumas provenientes de rentas de cualquier clase producidas en territorio panameño, deben efectuar la retención sobre el 100% de la suma a ser remitida, aplicando para ello las tarifas establecidas en los artículos 699 y 700 del Código Fiscal, según se trate de personas naturales o jurídicas. No obstante, esta misma norma establece una excepción en cuanto a la forma que deberán pagar el impuesto sobre la renta aquellas personas reciban dividendos o utilidades de personas jurídicas establecidas en Panamá.
Nilsa Rodríguez
8-1000-755
1- Cuales son las recomendaciones para llenar el formulario
• Llenar el formulario a máquina o con letra imprenta.
• No efectuar enmendaduras, perforaciones o alteraciones en el formulario que lo hagan ilegible.
• Presentar en las Administraciones Provinciales de Ingresos, 10 días siguientes a la fecha de haberse efectuado el pago o acreditamiento, lo que ocurra primero.
• Efectué el pago en las entidades recaudadoras autorizadas.
2- Quienes son las personas que llenan tal formulario
R: toda persona natural o jurídica que pague o acredite en cuenta a beneficiarios radicados en el exterior o a otras personas a cuenta de aquellos, rentas de fuente panameña.
GLOSARIO
Yaksuri Piraza
8-889-1537
1.Remesas:
Una remesa en general se puede definir como el envío de dinero en efectivo, cheques o transferencias de un país a otro. También una remesa se puede entender como una transferencia internacional de dinero, debido a que se envía de una persona a otra, es internacional porque para ser una remesa el destino del dinero debe ser distinto al país de donde se originó.
2. Remesas Al Exterior:
Las remesas al exterior son el pago por los servicios prestados por personas no residentes en Panamá, ya sea que vengan o no a Panamá. están obligados a retener este impuesto a toda persona natural o jurídica que pague o acredite en cuenta a beneficiarios radicados en el exterior o a otras personas.
Nidia Salas
1-Retener:
Es un descuento realizado tanto en el pago como en el cobro, que generalmente, se aplica al pago de los futuros impuestos, como por ejemplo el IRPF. La Retención es una cantidad de dinero que el pagador descuenta tanto de una factura como de una nómina, según la Ley Tributaria vigente.
2-Obligación Fiscal:
Es el deber que el responsable fiscal tiene en favor del fisco, que es quien tiene el derecho de exigir se cumpla. El estudio de las obligaciones fiscales no puede reducirse al pago de las contribuciones, ya que existen otras entidades para ello.
Eymi Rodríguez
8-895-2008
1- Base imponible:
Es el monto de capital y la magnitud que representa el hecho imponible, esto es, la base que se utiliza en cada impuesto para medir la capacidad económica de una persona.
2- Alícuota:
Corresponde a las parte fijada por ley para la determinación de un derecho, impuesto u otra obligatoriedad tributaria.
Nilsa Rodríguez
8-1000-755
1- Impuesto causado
Es el impuesto a cargo de la entidad, atribuible a la utilidad del periodo y determinado con base en las disposiciones fiscales aplicables en dicho periodo.
2- persona jurídica
es un ente diferente de los socios, tiene su propio nombre y debe actuar como tal, sin necesidad de identificar a las personas que la conforman.
Shanira Silva
8-915-1360
Alícuota:
En economía, una parte alícuota se define como aquella que está contenida en otra un número exacto de veces y se calcula como porcentaje o proporción de un total.
Base Legal:
Ley 6 de 2 de febrero de 2005. Decreto Ejecutivo Reglamentario No.170 de 27 de octubre de 1993, modificado por el Decreto Ejecutivo 143 de 27 de octubre de 2005.Este formulario lo debe llenar toda persona natural o jurídica que pague o acredite en cuenta a beneficiarios radicados en el exterior o a otras personas a cuenta de aquellos, rentas de fuente panameña, renta gravable de cualquier clase, o la distribución de utilidades a los accionistas o socios de una persona jurídica, cuando se remesen al exterior rentas provenientes de remuneraciones por trabajo personal, intereses, comisiones, alquileres, regalías y otras rentas de fuente panameña remesadas al exterior.
Yelime Villarreal
Cedula:8-958-15
1- Declaración jurada:
Es una manifestación escrita o verbal cuya veracidad es asegurada mediante un juramento ante una autoridad judicial o administrativa. Esto hace que el contenido de la declaración sea tomado como cierto hasta que se demuestre lo contrario.
2- Código fiscal:
Es un compendio de la legislación. local en materia fiscal o Hacienda Nacional. Fue aprobado mediante Ley 8 de 27 de enero de 1956 y publicado en Gaceta Oficial 12995 el 29 de junio de 1956.
Infografía

Resúmenes de Declaración de Renta
RESUMEN DECLARACIÓN DE RENTA PERSONA JURICA
Elaborado por:
Eymi Rodríguez 8-895-2008
Elizabeth Camaño 8-941-1895
La declaración de renta es el proceso donde presentamos los ingresos, costo, gastos y balance de situación que suministra una empresa. Todas las empresas que realizan un tipo de actividad económica dentro del territorio de la republica de panamá están obligadas a declarar dentro de los tres meses siguientes a la fecha de terminación de su año fiscal por medio de la DGI.
Para realizar el informe se dirige a la sección de consulta, y en el apartado DGI. Se selecciona declaración de impuesto sobre la renta, se muestra en la pantalla y de escogerá el periodo de la declaración<presionando búsqueda> lo siguiente aparecerá la declaración de impuesto de sobre la renta. La declaración de renta planilla panamá. Como solo muestra los renglones que han tenido movimiento.
Declaración de impuesto sobre la renta de panamá planilla punto com. solo muestra los renglones que han tenido movimiento para poder ver el detalle de cada valor con presionar el número el sistema muestra el detalle por ejemplo si queremos ver que tenemos registrado. En el renglón de cargos bancarios con presionar el monto correspondiente el sistema nos muestra el detalle de cómo se llegó a ese valor. el renglón puede contener valores de varias cuentas contables.
En esta se incluyen tres anexos el anexo 03 que se utiliza para reportar los salarios y otras remuneraciones a la persona, el anexo 72 que se utiliza para reportar honorarios servicios básicos y otros, finalmente el anexo 94 que se utiliza para reportar el detalle de otros costos y gastos. Como mencionamos previamente tienen valores que se reportan en anexos.
el primero es el anexo 03: para generar este anexo dentro de la plataforma vamos a consultas de la DGI anexos anuales aquí colocamos el año y el anexo 03 y < aceptar >aquí el sistema nos genera un archivo el cual es utilizado para cargar directo al E-TAX, debemos verificar que el total de la remuneración sea igual al mismo que colocamos en la declaración.
el anexo 72 vamos a anexos anuales escogemos el año y anexo 72 aceptar en pantalla vemos el detalle de este anexo este anexo también debe coincidir con el mundo de la declaración de renta notar que este anexo suma varios renglones de la declaración si queremos ver el detalle de alguno de estos valores solo debemos presionar el monto correspondiente y el sistema nos muestra el detalle de donde vinieron estos valores
el anexo 94 vamos a anexos anuales escogemos el año y anexo< no 24> aceptar> en pantalla vemos el detalle de este anexo. este anexo también debe coincidir con el mismo de la declaración de renta en este caso sólo debemos sumar los renglones 29 y 68 de la declaración de renta en este anexo también podemos ver el detalle de cómo se obtuvo el valor presionando el monto correspondiente.
todos los anexos que se generan en la plataforma tienen el formato que exige la DGI es muy importante que los proveedores tengan su ruc ya que esta es una causa muy común por la cual los anexos no suben al E-TAX para exportar Excel está declaración o cualquiera de los anexos en el botón <exportar> escogemos Excel< aceptar >ver> y aquí tenemos la declaración en Excel en resumen con esta opción se tiene disponible la declaración de renta anexo 03 anexo 72 y el anexo 94.
Vencimientos para personas jurídicas no grandes contribuyentes
El pago total del impuesto de renta para las personas jurídicas y demás contribuyentes se deberá cancelar en dos cuotas iguales. El vencimiento de la primera cuota estará determinado por los dos últimos dígitos del NIT del declarante sin tener en cuenta el dígito de verificación, y el vencimiento de la segunda cuota dependerá del último dígito del NIT, sin tener en cuenta el dígito de verificación.
Para poder elaborar la declaración de renta de una persona jurídica de deben hacer ciertos preparativos
-Contar con un software contable como Alegra
-Cierre contable
-Estados financieros
-Consolidación
-Depuración de terceros
-Cierre cuentas de impuestos
-Conciliaciones bancarias
-Claves portal DIAN
-Conciliación de cuenta de socios
Como lo establece el artículo, se tenía fijado el impuesto en una tasa del (31%) para el año de 2021 y del 30% para el año de 2021. Con el artículo 7 de la Ley de Inversión Social, Ley 2155 de 2021 el impuesto queda de la siguiente forma:
Son las personas jurídicas autorizadas por el Ministerio de Comercio e Industria para operar de acuerdo a lo establecido en la Ley 9 de 19 de enero de 1989. Publicada en Gaceta Oficial 21,218 de 23 de enero de 1989.
“La tarifa general del impuesto sobre la renta aplicable a las sociedades nacionales y sus asimiladas, los establecimientos permanentes de entidades del exterior y las personas jurídicas extranjeras con o sin residencia en el país, obligadas a presentar la declaración anual del impuesto sobre la renta y complementarios, será del treinta y cinco por ciento (35%) a partir del año gravable 2022…”
Son las personas jurídicas que se acogen a los beneficios establecidos en el Art. 699-A del Código Fiscal. Estos contribuyentes quedarán exentos del pago del impuesto complementario. Art. 86 D. E. 170 de 1993, modificado por el Art. 33 del D.E. de 27 de septiembre de 2010.
De tal forma que, para el año 2022 el impuesto aumenta en un 5% en relación con el 30% establecido en el artículo 240 del Estatuto Tributario modificado por el artículo 92 de la Ley 2010 de 2019.
RESUMEN DECLARACIÓN DE RENTA PERSONA JURÍDICA
INTEGRANTES
YELIME VILLARREAL 8-958-15
YAJAIRA LIEBAHT.
Declaración Jurada de Renta personas jurídicas
Toda Persona Jurídica que deba cubrir el impuesto por su cuenta o de otras personas presentará, por sí mismo o por apoderado debidamente constituido, dentro de los tres meses siguientes a la fecha de terminación de su año fiscal, una Declaración Jurada de Rentas en formularios suministrados para tal efecto por la DGI.
Los contribuyentes con más de un negocio o establecimiento deben presentar una sola declaración de Renta por el conjunto de sus ingresos; aún en los casos que por disposiciones especiales se obligue o autorice a llevar contabilidad separada.
Con el propósito de facilitar la presentación de las Declaraciones de Renta, se pone a la disposición de los Contribuyentes nueve (9) formularios de los cuales seleccionará uno (1), dependiendo del tipo de actividad a la que se dedique. Dichos formularios corresponden a las actividades de: Jurídica General, Industria, Bancos y Financieras, Aseguradoras, Construcción e Inmobiliaria, Zona Libre o Regímenes Especiales, Minería, Actividad Agropecuaria y Hoteles.
Para realizar el informe se dirige a la sección de consulta, y en el apartado DGI. Se selecciona declaración de impuesto sobre la renta, se muestra en la pantalla y de escogerá el periodo de la declaración<presionando búsqueda> lo siguiente aparecerá la declaración de impuesto de sobre la renta. La declaración de renta planilla panamá. Como solo muestra los renglones que han tenido movimiento.
Declaración de impuesto sobre la renta de panamá planilla punto com. solo muestra los renglones que han tenido movimiento para poder ver el detalle de cada valor con presionar el número el sistema muestra el detalle por ejemplo si queremos ver que tenemos registrado. En el renglón de cargos bancarios con presionar el monto correspondiente el sistema nos muestra el detalle de cómo se llegó a ese valor. el renglón puede contener valores de varias cuentas contables.
En esta se incluyen tres anexos el anexo 03 que se utiliza para reportar los salarios y otras remuneraciones a la persona, el anexo 72 que se utiliza para reportar honorarios servicios básicos y otros, finalmente el anexo 94 que se utiliza para reportar el detalle de otros costos y gastos. Como mencionamos previamente tienen valores que se reportan en anexos.
• el primero es el anexo 03: para generar este anexo dentro de la plataforma vamos a consultas de la DGI anexos anuales aquí colocamos el año y el anexo 03 y < aceptar >aquí el sistema nos genera un archivo el cual es utilizado para cargar directo al E-TAX, debemos verificar que el total de la remuneración sea igual al mismo que colocamos en la declaración.
• el anexo 72 vamos a anexos anuales escogemos el año y anexo 72 aceptar en pantalla vemos el detalle de este anexo este anexo también debe coincidir con el mundo de la declaración de renta notar que este anexo suma varios renglones de la declaración si queremos ver el detalle de alguno de estos valores solo debemos presionar el monto correspondiente y el sistema nos muestra el detalle de donde vinieron estos valores
• el anexo 94 vamos a anexos anuales escogemos el año y anexo< no 24> aceptar> en pantalla vemos el detalle de este anexo. este anexo también debe coincidir con el mismo de la declaración de renta en este caso sólo debemos sumar los renglones 29 y 68 de la declaración de renta en este anexo también podemos ver el detalle de cómo se obtuvo el valor presionando el monto correspondiente.
todos los anexos que se generan en la plataforma tienen el formato que exige la DGI es muy importante que los proveedores tengan su ruc ya que esta es una causa muy común por la cual los anexos no suben al E-TAX para exportar Excel está declaración o cualquiera de los anexos en el botón <exportar> escogemos Excel< aceptar >ver> y aquí tenemos la declaración en Excel en resumen con esta opción se tiene disponible la declaración de renta anexo 03 anexo 72 y el anexo 94.
Vencimientos para personas jurídicas no grandes contribuyentes
El pago total del impuesto de renta para las personas jurídicas y demás contribuyentes se deberá cancelar en dos cuotas iguales. El vencimiento de la primera cuota estará determinado por los dos últimos dígitos del NIT del declarante sin tener en cuenta el dígito de verificación, y el vencimiento de la segunda cuota dependerá del último dígito del NIT, sin tener en cuenta el dígito de verificación.
Para poder elaborar la declaración de renta de una persona jurídica de deben hacer ciertos preparativos
-Contar con un software contable como Alegra
-Cierre contable
-Estados financieros
-Consolidación
-Depuración de terceros
-Cierre cuentas de impuestos
-Conciliaciones bancarias
-Claves portal DIAN
RESUMEN
DECLARACION DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE PERSONAS JURIDICA
NIDIA SALAS 8-841-571
Denisse moreno
Es el proceso mediante el cual reportamos a la Dirección General de Ingresos (DGI), costos, ingresos, gastos y balance de situación.
Todas las empresas que realicen algún tipo de actividad económica, dentro del territorio de la Republica de Panamá están obligadas a realizar esta presentación anualmente. Existen algunas entidades exentas de dicho proceso.
Dicho video nos indica que debemos verificar manualmente la declaración y que se presentan los renglones que más se usan. También observamos el paso a paso de cómo hacer dicha declaración.
Toda persona JURÍDICA que deba cubrir el impuesto por su cuenta o de otras personas presentará, por sí mismo o por apoderado debidamente constituido, dentro de los tres meses siguientes a la fecha de terminación de su año fiscal, una Declaración Jurada de Rentas en formularios suministrados para tal efecto por la DGI.
Los contribuyentes con más de un negocio o establecimiento deben presentar una sola declaración de Renta por el conjunto de sus ingresos; aún en los casos que por disposiciones especiales se obligue o autorice a llevar contabilidad separada.
• Segregar las operaciones (ingresos, costos y/o gastos) por tipo de fuente (local o fuente extranjera).
• Determinar el método de Impuesto Sobre la Renta a aplicar (Tradicional o CAIR).
• Confirmar si existen operaciones (ingresos, costos y/o gastos) con partes relacionadas en el exterior y que las mismas afecten la determinación del Impuesto Sobre la Renta. De ser así, tome en cuenta que dichas operaciones estarían sujetas al régimen de precios de transferencia y deberán presentarse en la línea que le corresponde en el formulario del Impuesto Sobre la Renta.
• Identificar puntualmente el origen de los ingresos exentos, ya que aquellos que se clasifiquen bajo los literales l, n, f, estarán sujetos al impuesto complementario del 7%.
• Mantener una base de datos de RUC actualizada y correspondiente a los proveedores de servicios o insumos, los cuales afecten cuentas de gastos que requieran anexos en el formulario de declaración de renta. Se recomienda que dichos RUC estén adecuadamente validados y así evitar errores durante el proceso de registro o importación de anexos.
• En caso de que la empresa maneje inventarios para la venta, deben tener a disposición la determinación del costo de venta, a través de la formula inventario inicial, más compras, menos inventario final. El resultado debe coincidir con el costo de venta reflejado en los registros contables. Si durante el año fiscal la empresa ha practicado alguna destrucción de inventario, recuerde que la misma debe estar adecuadamente sustentada con un acta de destrucción de inventario debidamente refrendada por un Contador Público Autorizado (C.P.A.) y con los demás requerimientos que solicita la norma tributaria, de manera que no sea objetada su deducibilidad.
• Recuerde que las donaciones deben contar con su número de resolución debidamente emitida por la Dirección General de Ingresos, de manera que esté sustentada su deducibilidad.
• Si la empresa practica reservas de cuentas incobrables, valide la deducibilidad del gasto de reserva conforme a la metodología expresa en la normativa tributaria para este fin. En el caso que existan cuentas por cobrar dadas de baja, las mismas deberán ser aplicadas contra la reserva y una vez agotada la reserva, el exceso se reconocerá como gasto de cuentas incobrables. Su deducibilidad estará sujeta al cumplimiento de los requisitos tributarios.
• Verifique si el total de gastos deducibles no excede el límite de deducibilidad según el Máximo de Costos y Gastos Deducibles (MCGD), en el caso que aplique su cálculo.
• Recuerde los gastos de intereses deben netearse con los ingresos por intereses ganados de aquellos productos financieros que garanticen los financiamientos que generan el gasto de intereses.
• Solicitar con la debida antelación las certificaciones de incentivos fiscales que pretenda deducir en su declaración de rentas (reforestación, agropecuaria, turismo, industrial, discapacitados, etc.)
• Si la empresa se acoge al régimen especial de tributación de las micro y pequeñas empresas, obtener desde ya, las correspondientes certificaciones del caso.
INTEGRANTES
Kenarys Domínguez
Shanira Silva
Declaración de impuesto sobre la renta de persona jurídica
¿Qué es declaración de impuesto sobre la renta de persona jurídica?
Es el proceso mediante el cual reportamos a dirección general de ingresos, nuestros ingresos, costos, gastos y balance de situación. Las empresas que realizan actividad económica dentro de la República de Panamá están obligados a realizar esta presentación anualmente.
¿Cómo realizar el informe en Panamá planilla?
1. Debe dirigir a la sección de consulta
2. Clic en DGI
3. Selecciona declaración de impuesto sobre la renta.
4. Se debe escoger el periodo de la declaración y presionar el botón búsqueda
5. Luego saldrá toda la información de la declaración de renta
6. Así poder ser capturada por Etax
Este informe está preparado de la misma manera de cómo viene la declaración de renta. Cada columna tiene su significado el cuál la columna orden: representa el número de declaración donde se debe poner los datos.
Se debe tomar en cuenta que, en los ingresos, se debe tomar en cuenta que la parte de las ventas y devolución debe coincidir con lo se presentó en el ITBMS mensual En esa plataforma todo se hace automáticamente, pero siempre no cabe de más verificar, el mismo solo muestra los renglones que han tenido movimiento y también una de las ventajas de esta plataforma es que si quieres ver los detalles de algún renglón, te lo muestra de cómo se llegó a ese valor. Es muy importante saber que cada renglón contiene valores de varias cuentas contables.
En esta plataforma se incluye 3 anexos y esos son:
El anexo 03: se utiliza para reportar los salarios. Y otras remuneraciones al personal. Es la celda color verde. Para generar este anexo, se debe ir a consultas de anexos anuales, se coloca el año y el anexo 03 Anexo 72: se utiliza para reportar honorarios, servicios básicos y otros. La celda color amarillo Anexo 94: se utiliza para reportar el detalle de otros costos y gastos. Celda color rojo. Lo demás que se muestra, es el balance de situación activo, pasivo y patrimonio.
Una vez que se le coloca el año y el anexo se le de aceptar luego el sistema te genera un archivo inmediatamente el cual se utiliza para cargar al ETAX, se debe verificar que el total de las remuneraciones sea igual al monte que se coloca en la declaración de renta. Sumando el total de las remuneraciones que en este caso debe de arrojar el monto final apreciando que el mismo monto debe dar en la declaración y en la remuneración, por otra al instante de ver el desglose de las cuentas de salario se podrá notar que el desglose o detalle no coinciden por lo reportado en el reglón de salario y otras remuneraciones, es importante resaltar que se debe detalle con presión cada monto que este ya sea en las remuneraciones o en la declaración.
Un punto importante que se debe resaltar y preguntar porque y no es más que fiscalmente solo es deducible la porción de costos laborales que pagamos, no así lo que reservamos. El mono de las Vacaciones, Decimo III mes, Prima d Antigüedad e Indemnización es otro punto que se resaltaría en este tema que es de gran importante y de mucho conocimiento solo son deducibles en el momento que se pagan, la diferencia se debe transportar al renglón de gastos no deducible.
En conjunto al anexo 03 algunas veces se presenta el inconveniente que el documento no sube al ETAX unas de las razones es que los funcionarios no tienen bien escritos su Digito Verificador para aquello, la plataforma Panamá Planilla.com cuenta con la opción de arreglar los dígitos verificadores de manera automática como se puede cambiar dicho digito, en utilitario encontrará una opción que dice actualizar digito verificador una vez le da clic encontrará una barra azul nota el lado izquierdo que valor tenia y en la derecha el digito correcto, igualmente ya el sistema hizo la corrección a cada funcionario.
Para el anexo 72 nos dirigimos a anexos anuales se escoge el año y el anexo que en este caso es el mismo el 72, damos clic en aceptar. luego en la pantalla se notará el detalle del mismo anexo el mismo anexo debe coincidir con el monto de la declaración de renta. Se puede ver que este anexo tiene la sumatoria de varios reglones de la declaración, si quiere visualizar el detalle de algunos de los montos solo debe darle clic al monto correspondiente y de inmediato el sistema muestra el detalle y desglose de donde sale cada monto, luego damos clic a volver.
El anexo 94 de la misma manera nos dirigimos a anexos anuales se escoge el año y luego el anexo 94 y le damos también clic en aceptar. En pantalla se verá el detalle del anexo como tal, este anexo también debe coincidir con el valor de la declaración de renta en ese caso se debe sumar los renglones 29 y 68 de la declaración de renta. En dicho anexo también se puede ver el detalle que como se obtuvo el monto dando clic en el monto correspondiente y clic en volver.
Todos los anexos que se generan en la en la plataforma tiene el formato que exige la DGI, es muy importante que los proveedores tengan su ruc y su digito verificador correcto, ya que es muy común que hacen que los anexos no puedan verse en el ETAX, para exportar Excel esta declaración o cualquiera de los anexos.
Presentación Declaración de Renta
Este tema es muy importante para las personas,que viven fuera del país ya que esto les ayuda a mandar dinero a sus familiares para su sustento se puede hacer tanto en efectivo o en cuentas bancarias. En Panamá está fue aprobada por el artículo 733 del código fiscal y la ley 6 de 2 de febrero de 2005.
ResponderEliminarEn este grupo pude ver lo. Que fue lo de las remesas al exterior son el pago por los servicios prestados por personas no residentes en Panamá, ya sea que vengan o no a Panamá.y a como funcionan las remesas ya que una remesas financiera es una transferencia monetaria privada por parte de una persona en el extranjero hacia otra en su país de origen.
ResponderEliminarMis compañeros en este blog me muestra el significado de las obligaciones, regulaciones, los tipos, funciones, los plazos. Sobre las remesas exteriors ya que para un contador la información ayuda al mejor manejo ante un problema de conocimiento y analisis
ResponderEliminarEn este bog e aprendido sobre cómo funcionan las remesas, ya que una remesas financiera es una transferencia monetaria privada por parte de una persona en el extranjero hacia otra en su país de origen.....
ResponderEliminarEste blog me gustó mucho por la información que tiene al igual que su decoración. En cuanto al tema de las remesas al exterior especifica que es al pago por los servicios prestados por personas no residentes en Panamá, ya sea que vengan o no a Panamá y también se menciona como son aplicables.
ResponderEliminarEste comentario ha sido eliminado por el autor.
ResponderEliminarEl tema de remesas al exterior me pareció interesante ya que entendí que aunque la persona no esté en Panamá debe pagar esta remesa que se produce en territorio nacional, por ejemplo de tipo bancario existen:
ResponderEliminar1. Remesas simples: permiten el envío de pagarés o letras de cambios.
2. Documentarias: se produce al enviar documentos comerciales que tienen que ver con la mercancía de compraventa
Las remesas al exterior son el pago por los servicios prestados por personas no residentes en Panamá ya sea que vengan no a panamá. Una remesa financiera es una transferencia monetaria privada por parte de una persona en el extranjero hacia otra en su país.
ResponderEliminarLas remesas depositadas en los bancos del país de origen pueden ser una importante fuente de capital para los empresarios locales y un medio para fomentar el desarrollo de las zonas de origen de la migración.
ResponderEliminarYeni mendieta
ResponderEliminarEste blog me parecio bastante interesante porque habla de las remesas al exterior que son pagos por los servicios prestados por personas no residentes en Panama .
En este tema sobre las remesas al exterior me llamo la atención su funcionamiento en cuanto a lo financiero ya que es una transferencia monetaria privada por parte de una persona en el extranjero hacia otra en su país de origen. También pude tener en claro quienes están obligados a retener este impuesto que son aquellas personas persona natural o jurídica que pague en cuenta a beneficiarios radicados en el exterior o a otras personas a cuenta de aquello.
ResponderEliminarMaciel Castillo grupo #1
ResponderEliminarUna remesa en general se puede definir como el envío de dinero en efectivo, cheques o transferencias de un país a otro.
Esther Ortega Grupo 4
ResponderEliminarCon esta información comprendí que Las remesas al exterior son el pago por los servicios prestados por personas no residentes en Panamá y que toda persona natural o jurídica están obligados a pagar o acreditar en cuenta a beneficiarios radicados en el exterior o a otras personas
Arturo Ballestero Grupo N°1
ResponderEliminarEn este Blog comprendí que existen algunas entidades exentas de dicho proceso que nos indica que debemos verificar manualmente la declaración y que se presentan los renglones que más se usan.
Este blog contiene puntos como Las remesas al exterior son el pago por los servicios prestados por personas no residentes en Panamá, ya sea que vengan o no a Panamá, es un trabajo bastante completo e interesante.
ResponderEliminarEste blog cuenta con informaciónes muy acertadas ya que es importante para el panameño o extranjero, las remesas al exterior son el pago por los servicios prestados por personas no residentes en Panamá, ya sea que vengan o no a Panamá
ResponderEliminarDavid Correa
ResponderEliminarMe gusta la parte de que dice, Toda persona natural o jurídica que pague o acredite en cuenta a beneficiarios radicados en el exterior o a otras personas
a cuenta de aquellos, rentas de fuente panameña, renta gravable de cualquier clase, o la distribución de utilidades a los accionistas o socios de una persona jurídica, cuando se remesen al exterior rentas provenientes de remuneraciones por trabajo personal, intereses, comisiones, alquileres, regalías y otras rentas de fuente panameña remesadas al exterior.